excluye a decenas de presos políticos, permitiría mayor persecución y afectaría a María Corina Machado – Desde dentro
El La Ley de Amnistía fue aprobado en Venezuelapero su impacto inicial es hasta ahora limitado. Según organizaciones de


El La Ley de Amnistía fue aprobado en Venezuelapero su impacto inicial es hasta ahora limitado. Según organizaciones de derechos humanos, desde que entró en vigor apenas ha permitido la liberación de unos cuantos más de 100 personas, una cifra que contrasta con las más de 600 presos políticos que siguen tras las rejas. La preocupación central es que, lejos de cerrar un ciclo, este documento dejaría la puerta abierta a que la persecución continúe.
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Así lo expresó Delsa Solórzano, defensora de derechos humanos, exdiputada y presidenta del partido Encuentro Ciudadano, quien, luego de permanecer casi dos años en la clandestinidad, reapareció en el escenario público para retomar su agenda de denuncias y cuestionar los alcances reales de la nueva legislación.
Solórzano conoce íntimamente muchos de los casos denunciados como persecución política. De hecho, ella misma impulsó algunos de los cargos ante la Corte Penal Internacional contra Nicolás Maduro –actualmente encarcelado en una prisión de Nueva York–. Por este motivo, considera que la nueva ley es inadecuada, especialmente porque no se derogan otros instrumentos legales que sirvieron para perseguir la disidencia.
Se refiere a la Ley Contra el Odio y la Ley Simón Bolívar, dos normas que enviaron a miles de personas a prisión.
Para Solórzano, esta nueva ley no incluye a todos los venezolanos que estuvieron presos, ni a los que no están presos, pero permanecen en el exilio, están inhabilitados políticamente o permanecen en la clandestinidad (como María Corina Machado). Tampoco se considera la devolución de inmuebles expropiados.
Delsa Solórzano, presidenta del partido Encuentro Ciudadano Foto: EFE/MIGUEL GUTIÉRREZ
“Es un documento con una lista categórica y excluyente de los hechos que merecen amnistía. «Si se supone que abarca los años 1999 al año 2026, son demasiados años de persecución, y esos años en realidad no están cubiertos por la ley».dijo el dirigente, junto a otros opositores que también salieron recientemente de su escondite.
La norma sólo reconoce 13 hechos políticos específicos que pueden recibir el beneficio, pero si se revisa todo el período que abarca la ley (casi 28 años), más de 14 años quedan totalmente excluidos por no entrar dentro de estos hechos reconocidos.
También quedan exentos de esta ley los prisioneros militares y los civiles procesados por la justicia militar. «Por ejemplo, si usted fue objeto de persecución política por publicar un estado de WhatsApp, ¿no está cubierto por esta ley?» preguntó el exdiputado.
Son los familiares de los militares detenidos quienes mantienen su exigencia de que los uniformados sean liberados. Hay motivos, como la llamada «Operación Gedeón» -un intento de derrocar a Maduro- que no fueron tenidos en cuenta.
Entre los casos está el hijo de Maciel Caicedo. «Yo no entregué a mi hijo para que lo torturaran», dijo la mujer durante una conferencia de prensa celebrada el lunes en Caracas, recordando el momento en que su hijo ingresó a la academia militar.
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Caicedo lamentó que “sirvió por más de 20 años” para el Estado y que ahora las instituciones le pagan de esa manera. Insistió en la solicitud de amnistía para los militares.
El martes, Jorge Arreaza, diputado chavista y presidente de la Comisión Parlamentaria para el Cumplimiento de la Ley de Amnistía, afirmó en un programa de radio local que, en materia de causas militares, «la justicia militar está funcionando y anunciará sus medidas».
Según la ONG Foro Penal, en Venezuela hay aproximadamente 185 presos militares entre los más de 600 presos políticos.
Arreaza también señaló que ya se han realizado 177 liberaciones, se han emitido 800 boletas de liberación adicionales y se han otorgado 2 mil 735 medidas cautelares tras la aprobación de la ley.
Sin embargo, Foro Penal sólo ha confirmado 109 liberaciones.
Liberación de presos políticos la noche del lunes en Caracas. Foto: EFE/MIGUEL GUTIÉRREZ
Por qué organizaciones denuncian que la ley es excluyente
El texto, que fue aprobado el 19 de febrero por la Asamblea Nacional y publicado esa misma noche por la presidenta encargado, Delcy Rodríguez, ha sido analizado por diversos organismos de derechos humanos.
Uno de ellos es Acceso a la justiciaque enumeraba cuatro razones para calificar el instrumento jurídico de inadecuado.
1. Exclusivo y selectivo
En cuanto a los hechos ocurridos entre enero y abril de 2019, los legisladores agregaron una excepción: «excepto los que constituyan delito de motín militar». El objetivo es excluir a civiles y militares involucrados en hechos como la llamada Operación Gedeón, así como en rebeliones y supuestas rebeliones militares registradas el 21 de enero y el 30 de abril del mismo año.
2. Discrecional
Las excepciones previstas en el artículo 9 van más allá de las limitaciones previstas en la Constitución para este tipo de acciones. El artículo 29 del texto constitucional señala que «las violaciones de los derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad (…) quedan excluidos de los beneficios que su impunidad pueda conllevar, incluidos los indultos y amnistías».
Sin embargo, el texto de la ley añadió en su artículo 9 otros delitos además de la amnistía, como el homicidio intencional y lesiones muy graves, el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y los delitos previstos en la ley anticorrupción.
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3. Un proceso lleno de dudas
La Asamblea Nacional profundizó en el proceso legal para hacer cumplir la ley. El artículo 11 permite a los abogados de los solicitantes de amnistía presentar solicitudes ante los tribunales, dando a los jueces un plazo de 15 días consecutivos para decidir. Pero quedaron importantes lagunas.
Por ejemplo, en los casos que se encuentran en fase preliminar o de juicio -la gran mayoría- la norma permite que sólo los fiscales, el imputado y su abogado inicien el proceso. Esto es restrictivo frente a lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal Penal, que autoriza a organizaciones de derechos humanos e incluso a la Defensoría del Pueblo a actuar en casos penales.
4. Temas ignorados
«Promover la reinserción a las actividades públicas de las personas beneficiadas por esta ley» es uno de los cuatro propósitos de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, según su artículo 2. Sin embargo, la exclusión de inhabilitaciones impuestas por la Contraloría General de la República pone en duda esta afirmación.
Las descalificaciones no fueron el único tema que quedó fuera. El instrumento tampoco establece mecanismos de reparación para las víctimas de la opresión. Por lo tanto, aquellos que no sólo fueron encarcelados injustamente, sino que también perdieron sus bienes, parecen no tener ninguna posibilidad de recuperarlos.
El texto tampoco considera mecanismos para que el Estado reconozca su responsabilidad por la comisión de crímenes, ni medidas para evitar su repetición en el futuro.
Delcy Rodríguez, líder encargada de Venezuela. Foto: AFP
¿Qué promete la Ley de Amnistía?
Según lo establecido en su artículo, la Ley tiene como objetivos:
- Reconciliación nacional, paz social y reintegración a la vida pública de las personas perseguidas políticamente.
- Cubre los hechos ocurridos entre el 1 de enero de 1999 y la entrada en vigor de la ley en febrero de 2026.
La ley reconoce específicamente 13 hitos de conflicto político para aplicar el beneficio, entre ellos:
- Manifestaciones de 2017.
- Los acontecimientos de enero a abril de 2019 (excluidos los levantamientos militares).
- Las elecciones primarias de 2023.
- Las protestas en relación con las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024 y las elecciones regionales de 2025.
- Acontecimientos históricos como el golpe de Estado de 2002 y el paro petrolero.
Las controvertidas exclusiones
Este es el punto más controvertido, ya que expertos y ONG como Foro Penal señalan que todavía quedan excluidos entre 400 y 600 presos:
- Crímenes de lesa humanidad: Según el artículo 29 de la Constitución, no existe amnistía por violaciones graves de derechos humanos o crímenes de guerra.
- Levantamientos militares: Se omiten casos como el ataque al Fuerte Paramacay (2017), el ataque con drones (2018) y la Operación Gedeón.
ANA MARÍA RODRÍGUEZ BRAZÓN – CORRESPONSAL DE EL TIEMPO – CARACAS



