El intercambio de caballos continúa. – Desde dentro
Él El Séptimo Juzgado Penal Municipal de Cartagena rechazó la solicitud de amparo presentada por Eduardo Soto Frías, un

Él El Séptimo Juzgado Penal Municipal de Cartagena rechazó la solicitud de amparo presentada por Eduardo Soto Frías, un cochero con más de treinta años de experiencia que pretendía frenar la sustitución de los tradicionales coches de tracción animal por carruajes eléctricos. El proceso se dirigió contra la Dirección Distrital, el DATT y la Corporación de Turismo, entidades responsables de la ejecución del proyecto.
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Acusó a Soto Frías posible violación de sus derechos fundamentales a la igualdad, a un nivel de vida mínimo y a un juicio justo, argumentando que esta transición tendrá un impacto directo en sus negocios y en los negocios de quienes dependen de ellos. Sin embargo, el despacho de abogados determinó que la medida adoptada por el Distrito es de carácter general, cubre por igual a todos los conductores de autobuses y no indica ningún trato diferenciado hacia el demandante.
Al analizar el archivo, El Tribunal explicó que no había pruebas para concluir que la Oficina del Mariscal aplica criterios discriminatorios. Por el contrario, la decisión de sustituir el modelo turístico está recogida en el Proyecto de Inversión BPIN 2024130010051, incluido en el Plan de Desarrollo “Ciudad de Derechos de Cartagena 2024-2027”, cuyo alcance abarca a todo el gremio de cocheros del Centro Histórico.
Evaluación del argumento del demandante.
El incidente reavivó el debate sobre el uso de caballos en los carruajes de la ciudad. Foto:X @LSchmidtFox5
El demandante confirmó esto El paso al vehículo eléctrico dejaría en la indigencia a varios trabajadores asociados a esta actividad: conserjes, herreros y conductores que, según dijo, no tenían permiso de conducir. Sin embargo, la Corte aclaró que estas afirmaciones no estaban respaldadas por documentos, testimonios o pruebas que demostraran efectos económicos individuales o reales.
Soto también señaló que la resolución del Ministro de Transporte – 20243040046465 del 25 de septiembre de 2024 – que declara que el servicio de flotador eléctrico es privado está siendo impugnada ante el fuero en disputa. Para un juez, este hecho demuestra precisamente que existen mecanismos normales adecuados para impugnar una decisión administrativa, lo que debilita aún más los orígenes de la tutela como herramienta principal.
La sentencia también consideró argumentos sobre supuestas irregularidades en la ejecución del proyecto, entre ellos:es la firma de un convenio entre la Alcaldía y la Corporación de Turismo por el monto de USD 6.695 millones y la supuesta falta de alternativas para quienes no aceptaron el canje. Sin embargo, el Tribunal advirtió que estas alegaciones deben resolverse en el ámbito administrativo o judicial propio del derecho público, y no mediante tutelas que requieran la demostración de una afectación directa e inevitable a los derechos fundamentales.
Alcance del cuidado y filiación como mecanismo de transición
El distrito presentó el primer prototipo de coches eléctricos para Cartagena. Foto:John Montaño/EL TIEMPO
Aunque el Tribunal lo reconoció El proceso de reemplazo avanza y el contratista recordó que debe entregar los flotadores eléctricos antes del 31 de diciembre de 2025 y afirmó que no hay evidencia de daños irreversibles.e esa protección justificada. Pese a ello, aceptó realizar temporalmente estudios de enfermería debido al próximo cronograma de implementación.
Luego de evaluar cada uno de los derechos invocados, la decisión final fue negar la protección. La Oficina reiteró que no encontró ninguna violación del derecho a la igualdad, Bueno, la transición afecta por igual a todos los propietarios de automóviles. Tampoco encontró ningún impacto en el mínimo indispensable ya que no había evidencia de que el demandante o terceros enfrentaran una crisis económica como resultado de este proceso.
Entonces, El Tribunal ordenó notificar la decisión y enviar los expedientes al Tribunal Constitucional para su posible consideración si no se presenta apelación.
Respuesta del distrito y progreso del proyecto.
Coches eléctricos para Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Para la oficina distrital, la sentencia respalda su política de modernización del transporte turístico. El titular del Estudio Jurídico del Distrito de Milton, José Pereira, destacó que la decisión confirma la legalidad del proceso y la visión de una Cartagena “más moderna, sostenible y humana”.
El alcalde recordó que quienes consideran que las decisiones administrativas afectan sus derechos tienen recursos como la acción de nulidad y restitución de derechos, destacando que Estos mecanismos son el canal adecuado para discutir actos administrativos relacionados.
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A medida que avanzaba la controversia legal y el proceso de ajuste del sindicato, El distrito continúa con la construcción de un sitio taller de flotadores eléctricos, ubicado a un lado del Complejo Deportivo Nuevo Chambacú. La superficie será de más de 2.850 m², contará con una estación fotovoltaica compuesta por 244 paneles fotovoltaicos, capacidad para cargar 60 baterías al mismo tiempo y áreas de mantenimiento, lavado y suministro.
Modelo turístico hacia el desarrollo sostenible
Coches eléctricos para Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
La administración insistió en hacerlo. El principal objetivo del proyecto es mejorar las condiciones laborales de los cocheros, garantizar el bienestar animal y adaptar la oferta turística a estándares sostenibles. La iniciativa se enmarca en una estrategia más amplia de movilidad ecológicamente responsable, coherente con los objetivos del Plan de Desarrollo.
Con la decisión final, La transición hacia un sistema de flotador eléctrico avanza y el debate legal y social sobre su implementación en Cartagena permanece abierto.
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